Se han publicado las bases acordadas por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia por las que se convoca el procedimiento de concesión de ayudas económicas para la adquisición de material escolar para el alumnado escolarizado en segundo ciclo de educación infantil en centros sostenidos con fondos públicos de la ciudad de Valencia
Los requisitos:
• Estar escolarizado en el presente curso escolar en segundo ciclo de Educación Infantil en un colegio de la ciudad de Valencia de titularidad pública o concertada.
• Que el menor y sus progenitores o legales representantes estén empadronados en el municipio de Valencia al formalizar la solicitud y durante todo el curso salvo casos
• En caso de solicitudes para varios hermanos se deberá formalizar la solicitud por cada uno de ellos pero la documentación a adjuntar no se deberá duplicar, siendo suficiente su aportación en una de ellas
Podrán solicitar la ayuda los padres o legales representantes del menor rellenando el modelo normalizado descargable en la página web del Ayuntamiento de Valencia: http://www.valencia.es/ayuntamiento/educacion.nsf/vDocumentosTituloAux/6FE55088C802F6B6 C1257F020049C8A0?OpenDocument&bdOrigen=ayuntamiento%2Feducacion.nsf&idapoyo=&lan g=1&nivel=7
y que podrá presentarse en cualquier registro del Ayuntamiento de Valencia hasta el 5 de diciembre
El importe máximo de la ayuda por alumno será de 100 euros, de manera que si el gasto por la adquisición del material es inferior únicamente se concederá y abonará el valor justificado.
Los criterios de valoración para adjudicación de las ayudas serán las siguientes: renta anual familiar (renta per cápita atendiendo al Salario Mínimo Interprofesional), existencia de discapacidades en la unidad familiar, situación familiar (familia numerosa, partos múltiples, familia monoparental y persona en situación de dependencia) y situaciones de maltrato.
La ayuda obtenida deberá ir destinada a la adquisición del material escolar e informático necesario para el desempeño de los estudios en el centro educativo y será compatible con cualesquiera otras subvenciones o ayudas otorgadas con la misma finalidad por cualquier organismo, público o privado, sin que supere el coste de la adquisición material o informática.